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miércoles, 4 de junio de 2014

¿Cómo funcionarán los concejos plurales?

¿Cómo funcionarán los concejos plurales?
Vigilantes de ARENA y el FMLN en las elecciones de este año
La nueva forma de gobierno en las alcaldías será puesta en práctica después de las elecciones del próximo año. Con la integración vigente “gobierna una minoría a la mayoría”, considera un diputado pecenista
El primer ejemplo en los foros de divulgación organizados por la Asamblea Legislativa fue Santa Tecla. ¿Cómo habría sido integrada la alcaldía si en las elecciones de 2012 hubieran estado vigentes los concejos plurales? Los resultados fueron: la coalición FMLN – CD que obtuvo unos 35, 828 votos tendría derecho a poner al alcalde, síndicos y a siete regidores; ARENA, cinco regidores y uno para Gana.
¿Por qué establecer este modo de participación en los gobiernos locales? Según los diputados de la comisión de reformas electorales de la Asamblea, en uno de los cuatro foros organizados para divulgar los beneficios de los concejos plurales, se pretende tener el “máximo de representatividad” porque al analizar las elecciones celebradas desde los años 90 descubrieron que las alcaldías no las gana el partido elegido por la mayoría de electores sino por la “menor proporción de votantes”.  La muestra de ello son las estadísticas: en 2009, unas 233 fueron ganadas con menos del 30 por ciento de los votos. Explicaron además que es una deuda que estaba pendiente desde los Acuerdos de Paz cuando el ahora presidente Salvador Sánchez Cerén – entonces parlamentario – presentó una iniciativa para promoverlos.
Con el nuevo modo – este método de integración es común en centro y sur América, solo El Salvador era la excepción – no pretenden odiseas a la hora de gobernar sino propiciar la transparencia, fiscalización, fortalecimiento del sistema de representación y favorecer la concertación entre los partidos.
El triunfo por mayoría de votos, como estaba legislado hasta principios de 2014, provocaba “distorsión en la representatividad de los concejos. Quedan excluidos un universo de electores”, ha señalado la diputada Norman Guevara, del FMLN. Ha aclarado además que es necesario reformar el Código Municipal para evitar que la aprobación del presupuesto, préstamos y la desafectación de bienes (entregar a privados un inmueble o bien estatal) sea una decisión de la mayoría de los miembros de la municipalidad porque pueden estancarse.
Los artículos modificados del Código Electoral, para hacer posible los concejos plurales, son: el 165 y el 219. El primero ordena al participante presentar al Tribunal Supremo Electoral (TSE) la planilla completa de candidatos al alcalde y concejales; el segundo establece que el partido que obtenga la mayoría de votos ha ganado al munícipe y a los síndicos. Si en caso el porcentaje de votos es mayor al 50% tendrá el derecho de poner regidores de manera proporcional a los sufragios que le dieron los electores. Pero si es menor al 50 por ciento puede alcanzar regidores suplentes y tener de alguna participación activa en la municipalidad.
“La minoría ha gobernado a la mayoría”. Así ha resumido el diputado Mario Ponce, de Concertación Nacional (CN) los concejos actuales. “El 65 % del electorado no suele estar representado”.

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