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domingo, 8 de junio de 2014

La Tortura en el Estado español, 2013 – Nuevo Informe

Informe2013
Esta mañana se presentó en Madrid el 10º informe anual de la Coordinadora para la Prevención de la Tortura:
Para ver el informe completo: Informe 2013
Para ver el resumen: Info CPDT 2013 – resumen

Nuevo informe: “La tortura en el Estado español, 2013”


Rueda de Prensa
Presentación del informe
“La tortura en el Estado español, 2013”
A punto de celebrarse el 30º aniversario de la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (10 de diciembre de 1984), la Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura  presenta su décimo informe anual con las denuncias por tortura, violencia institucional, brutalidad policial y malos tratos, crueles o degradantes en el Estado español, muertes bajo custodia conocidos en el Estado español durante 2013.
Día: Viernes, 30 de mayo, a las 11,30 horas
Lugar:  Paseo del Prado, 24, 1º Izq.  Madrid      Despacho de abogados
Convoca: Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura


IIIª Jornadas sobre Formación en la denuncia de la tortura

 jornadas_tortura_2014_web
Madrid, 29, 30 y 31 de mayo de 201
Salón de Actos de la Escuela Popular de ‘La Prospe’
c/ Luis Cabrera 19, Madrid
(Metros, Avda. de Ämerica, Cartagena, Propsperidad o Cruz del Rayo)
 Programa
1ª sesión: Jueves 29 de Mayo, de 16 a 10 horas
Organismos de Naciones Unidas y  “caso María Atxabal”
Ponente:         Jaime Elías (Abogado, miembro de Salhaketa-Bizkaia)


2ª sesión: Viernes 30 de Mayo, de 16 a 20 horas
Mecanismos Internacionales de Prevención de la Tortura: Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT),  Subcomité para la Prevención de la Tortura de NNUU (SPT) y Relator Especial de NN.UU. para la Tortura
Ponentes:        Begoña Lalana (Abogada, miembro de ALA)
Jorge del Cura (Centro de Documentación contra la Tortura)


3º Sesión: Sábado 31 de mayo, de 10 a 14 horas
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos y “caso Olimpiadas 92”
Ponentes:        Ramón Pique (Asociación Memoria Contra la Tortura)
Benet Salellas (Abogado)
Visionado parcial del documental “Operación Garzón


Organizan:

Asociación Libre de Abogados y
Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura

Inscripción obligatoria en ala@nodo50.org

Reformas legales contra los derechos y resistencia popular

Salaketa, mobilizazio eta auto-antolaketa
jardunaldiak
Jornadas de denuncia, movilización y auto-organizacion
Zigorraren politiken aurrean alternatiba bat garatzeko mugimendu baten eraikuntza eta era berean Espainiako Estatua diseinatzen ari den konfrontazio sozialari aurre egiteko beharra ikusten da. Beraz, erantzun erradikal bat (errora joanez) eta gizartearen arazoei aurre egingo dien politika bat behar da, beti ere zigorrean oinarritzen den politika bat izan gabe.
La justificación de la construcción de un movimiento por una alternativa a las políticas punitivas que a la vez haga frente a la confrontación social que desde hace ya muchos años se está diseñando en el Estado Español, se encuentra en la necesidad de dar una radical (en el sentido de “ir a la raíz”) y verdadera respuesta a los conflictos de la sociedad no basada en el castigo.
 Gasteiz, 3, 4, 7 y 8 de abril de 2014, de 19:00 a 21:00
 Ignacio Aldecoa Gizarte Etxea/Casa de Cultura, Paseo de la Florida

Capacitació en la defensa dels Drets Humans, prevenció i denúncia de la tortura

Curs d’extensió universitària
Capacitació en la defensa dels Drets Humans, prevenció i denúncia de la tortura

Organitzen: Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans de la UB amb el suport de la Comissió de Defensa dels drets de la persona del ICAB y la Coordinadora para la Prevenció y Denuncia de la Tortura.
Facultat de Dret de la Universidad de Barcelona
Reconeixement de crèdits de lliure elecció i d´hores de treball autonom per estudiants.

Barcelona-4.03-25-05-2014-1Programa -  Carteles: Anverso-1 y Reverso-2
 Informació e inscripció:
Escola de Postgraus Facultat Dret T. 93 402 01 29 o al
mail curso.prevenciontortura@gmail.com || Preu: 75 €

Apoyo psicosocial a las víctimas de tortura y/o malos tratos

Jornadas de Formación para la denuncia de la tortura
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1ª sesión: Viernes, 31 de enero de 2014: de 16 a 19 horas
2ª sesión: Sábado, 1 de febrero, de 10 a 13 horas

Lugar:  Salón de Actos del CAUM  -  c/ Atocha 20, 1º Izq., Madrid

Ponentes :
Oihana Barrios, de la asociación Jaiki-Hadi) y
Ángeles Plaza (del Grupo de Acción Comunitaria)

Organiza: Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura
Plazas limitadas a 50 personas – preinscripciones en: info@prevenciontortura.org


Muertes bajo custodia en el Estado español durante 2013

En lo que va del año 2013, ya tenemos noticias confirmadas de 43 personas muertas mientras se encontraban bajo custodia, o en el transcurso de operaciones policiales. La última, por ahora,  el 24 de diciembre, cuando un  un hombre se suicidó en la prisión de Albocàsser (Castelló).

No son todas las muertes producidas este año en estas circunstancias: Por ejemplo, los Serveis Penitenciaris de la Generalitat de Catalunya, reconocen la muerte de 33 personas, en centros penitenciarios o en centros hospitalarias bajo su custodia,  durante lo que va de añode las que sólo tenemos información directa de 5 de ellas.

Los datos que siguen, sólo son los casos que conocemos, otras informaciones sobre fallecimientos en prisión no han podido ser, hasta ahora, contrastadas. ¿Cuantas muertes bajo custodia se han producido?

Criminalización de la Protesta Social y las estrategias de Resistencia Ciudadana

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Durante los años 2011 y 2012 los informes de la Coordinadora para la Prevención y Denuncia de la Tortura han visibilizado un aumento importante en el número de denuncias cuyo origen se enmarca en protestas sociales. De las 851 personas agredidas durante 2012, en las 288 situaciones recogidas en el informe anual, 102 fueron movilizaciones sociales (okupación, ecologistas, sindicales, vecinales….) en las que se vieron afectadas 591 personas, lo que supone un 69% del total de personas agredidas que presenta dicho informe.
Ante estos datos la CPDT promueve estas jornadas con el objetivo de visibilizar cuales son los mecanismos de criminalización y represión que pudiera haber detrás del ejercicio del derecho a la protesta social . Estas agresiones denunciadas obliga a los defensores de Derechos Fundamentales a enfrentar el riesgo de hacer visible lo invisible.
 Progama de las jornadas   (1)  y (2)

La implantación de la cadena perpetua es inconstitucional.

La reforma viene enmarcada, como tantas otras que han ido conformando el actual Código Penal, por el populismo punitivo endurecedor de penas y generador de nuevos delitos. El pasado 20 de septiembre de 2013, bajo el desacertado título “El Gobierno aprueba una reforma del Código Penal que facilita la persecución de los corruptos”, el Gobierno anunciaba públicamente la aprobación en el Consejo de Ministros del Proyecto del Código Penal de Alberto Ruiz-Gallardón.
La reforma penal tan solo busca el mantenimiento y ampliación de la sociedad de la seguridad. En esta sociedad se reclama incansablemente más policías, comisarías y cárceles como única forma de búsqueda de una sociedad con miedos, apresurada incluso a perder libertades y garantías.
Se establece la prisión permanente revisable (PPR) o cadena perpetua revisable en los siguientes casos: homicidios terroristas, homicidios de jefes de Estado, homicidios en caso de genocidios y delitos de lesa humanidad, aquellos genocidios que vayan acompañados de agresión sexual, y a asesinados calificados por la doctrina como “especialmente graves” (cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable, cuando sea subsiguiente a un delito de agresión sexual, cuando se trate de un asesinato múltiple, o cuando el asesinato haya sido cometido por miembros de una organización criminal).
Las personas que hayan cometido estos delitos permanecerán en la cárcel de por vida, sin posibilidad real de revisión de su pena o reinserción de la sociedad, obviando que las penas privativas de libertad tiene en nuestro país unos fines claros consagrados en la Constitución, reinserción y reeducación, y a ellos debe orientarse la legislación penal y la política penitenciaria.
Pese a que el Proyecto establece los plazos en que una persona condenada a PPR podrá acceder al tercer grado (20 años de prisión efectiva para delitos de organizaciones y grupos terroristas y 15 años para el resto de casos), así como la posibilidad de disfrutar de permisos de salida una vez cumplidos (12 años de prisión para el caso de los delitos de organizaciones y grupos terroristas, y 8 años para el resto de casos); la realidad es que tanto la normativa penitenciaria como las normas internas dictadas por Instituciones Penitenciarias imponen una serie de requisitos y unas “variables de riesgo” a considerar que hacen su práctica imposible aplicación real. Lo mismo podemos decir de la libertad condicional, que pasa con el actual Proyecto a ser una suspensión de la pena en lugar de un beneficio penitenciario, y cuya concesión, igual que en los casos anteriores resulta imposible por el tipo de delito que los condenados con PPR han cometido.
¿Cómo va a tener una persona que ha cometido delitos tan graves un “pronóstico favorable de reinserción” (Proyecto), si ha estado al menos 15 años privado de libertad? ¿Qué medidas enfocadas a la reinserción y reeducación de esa persona van a aplicársele para facilitar su acceso al tercer grado, a los permisos o a la libertad condicional? En el Proyecto desde luego nada se prevé a este respecto.
Por lo expuesto, rechazamos un proyecto que nos retrotrae a tiempos preconstitucionales: la cadena perpetua fue eliminada del Código Penal en 1932 y la pena de muerte con la Constitución de 1978.
El sistema penal no puede obedecer a criterios anacrónicos de venganza, sino que debe intervenir lo menos posible en la vida de las personas, reservándose a aquellas conductas de especial desvalor social, y no ser un instrumento al servicio del Gobierno de turno.
Nosotros y nosotras creemos que las personas se merecen una segunda oportunidad, y que los medios, en lugar de emplearse para reprimir, deben emplearse para establecer mecanismos e infraestructuras suficientes para garantizar una posibilidad de reinserción real.
La Reforma del Código Penal: Prisión Perpetua Revisable

Comunicat de la CPDT amb motiu de sentència del judici pels maltractaments de Quatre Camins

COMUNICAT DE LA COORDINADORA CATALANA PER LA PREVENCIÓ I DENÚNCIA DE LA TORTURA ARRAN DE LA SENTÈNCIA DEL JUDICI PER MALTRACTAMENTS A LA PRESÓ DE QUATRE CAMINS
La Coordinadora Catalana per la Prevenció i Denúncia de la Tortura (CCPDT), plataforma integrada per 14 entitats que treballen a favor dels drets humans i en concret en la denúncia i la prevenció de la tortura i altres formes de tractes cruels, inhumans o degradants a Catalunya fa el següent comunicat arran de la sentència per les agressions patides per nombrosos interns després del motí de Quatre Camins l’abril de l’any 2004.
Apuntem com un fet important que aquest succés hagi arribat a judici atenent les dificultats d’investigació que habitualment comporta l’esclariment de fets com aquests, especialment quan es produeixen dins de centres penitenciaris.
Valorem de manera positiva que la sentència reconegui la culpabilitat de 6 funcionaris, tres per participació directa i tres per omissió, tot i que lamentem la timidesa del text, que condemna per delicte contra la integritat moral als funcionaris (entre d’ells al subdirector mèdic) i no pel delicte de tortura, castigat amb penes més altes, que havia estat interessat tant per les acusacions particulars com popular, i també pel Ministeri Fiscal que va modificar les seves conclusions després de la prova practicada a les sessions del judici. Al nostre entendre, era mes procedent qualificar els fets com a delicte de tortura, ateses les condicions a les que van ser sotmesos els presos que els hi van comportar greus patiments, a banda d’atemptar contra la seva integritat moral. La sentència, però, representa un pas rellevant contra la impunitat en aquests tipus de delicte.
Volem remarcar la importància que significa el fet que les declaracions dels presos hagin servit com a element de prova, ja que es reconeix la veracitat del relat de les agressions patides per part dels funcionaris de presons.
Lamentem que el judici i la sentència arribin tan tard. Els 9 anys transcorreguts des dels fets són de difícil justificació i no han fet més que alimentar la sensació d’impunitat en matèria de respecte a la integritat física i moral de les persones privades de llibertat, així com del reconeixement del seu dret a una tutela judicial efectiva. Aquest fet contrasta amb el temps emprat en investigar i jutjar els fets de l’anomenat motí, en el qual va recaure sentència dictada per l’Audiència Provincial de Barcelona l’any 2009 i sentència definitiva dictada pel Tribunal Suprem l’any 2010.
En aquest sentit, cal remarcar que la manca de celeritat en la investigació i enjudiciament incompleix les recomanacions dels organismes internacionals contra la tortura, les de la pròpia CPDT així com la jurisprudència clara i reiterada del Tribunal de Europeu dels DDHH.
Volem recordar que en aquest judici només s’han jutjat una part dels delictes denunciats pels interns i una part dels funcionaris implicats, cosa que deixa en el camp de la impunitat tots els funcionaris que no van poder ser identificats per la seva participació i/o responsabilitats en els fets. La dificultat d’investigar delictes de tortura i maltractaments contra la població reclusa és especialment alarmant a causa de la dificultat d’identificar els agressors.
Com a CPDT expressem la nostra satisfacció perquè la sentència desvirtua les imputacions que algunes defenses dels acusats i alguns dels sindicats vinculats a l’àmbit de presons havien abocat contra l’Observatori del Sistema Penal i els Drets Humans de la Universitat de Barcelona, una de les entitats que confirmen la coordinadora.
Barcelona, 8 de juliol de 2013

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