En otro tema relacionado con diputados, la Sala de lo Constitucional de la CSJ acaba de establecer que solo los diputados propietarios tiene fuero parlamentario, mientras que los suplentes solo lo disfrutarían cuando sean convocados a reemplazar a algún propietario. LPG: Fuero es para diputados propietarios: sala CSJ; DEM: Fuero no siempre aplica a diputados suplentes: fallo Sala. La cuestión tiene su importancia en relación con las investigaciones a las que estaría siendo sujeto el diputado suplente del PCN por Chalatenango, Wilber Ramírez. Según informaba en días anteriores LPG, el diputado suplente estaría siendo relacionado con tráfico de drogas o lavado de dinero en investigaciones que aún se encuentran en proceso.
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