http://www.kaosenlared.net/component/k2/item/76645-aprobada-la-segunda-reforma-laboral-el-gobierno-profundiza-la-apuesta-por-la-precarizaci%C3%B3n-y-el-control-de-las-mutuas-sobre-las-bajas.html
Flexibiliza el contrato a tiempo parcial, para que el empresario
tenga casi total disponibilidad sobre el horario del trabajador. Se
refuerza el control de las empresas en la gestión de las bajas médicas, y
otras medidas en la línea de lo exigido estos meses atrás por Europa,
el FMI, etc.
Prensa/Agencias
Fue anunciada ayer por la Ministra del desempleo y la
precarización, Fátima Báñez, tras ser aprobada por el Consejo de
Ministros.
Con la nueva regulación del contrato a tiempo parcial,
las empresas podrán disponer de los trabajadores con plena libertad. No
podrán hacer horas extraordinarias -al menos no bajo esa acepción-, pero
estas se sustituyen por las llamadas horas complementarias, que podrán
hacer los trabajadores que estén contratados para realizar al menos diez
horas semanales de promedio anual, de forma temporal o indefinida.
Habrá dos tipos de horas complementarias. Por un lado,
las pactadas, es decir, las consensuadas entre empresa y empleados. En
este caso, podrán suponer un máximo del 30% de la jornada pactada con el
trabajador, un porcentaje que podrá ampliarse hasta el 60% si así lo
contemplan los convenios. Los empresarios tendrán que dar un preaviso a
los trabajadores para que realicen estas horas, sin embargo, este plazo
previo se reduce de 7 a 3 días. Empleo asegura que es una forma de
"agilizar" la organización de las empresas.
Pero habrá también horas complementarias "voluntarias",
sin preaviso mínimo, lo que quiere decir que un empresario puede
requerir a un trabajador el mismo día para que se quede en su puesto de
trabajo durante más horas. El Ministerio señala que el trabajador
siempre podrá negarse y que la empresa no podrá penalizarle por ello,
con lo que no está claro el efecto final de esta medida. Este tipo de
horas voluntarias solo podrán realizarse si se trata de contratos
indefinidos a tiempo parcial. No podrán superar el 15% de la jornada
laboral, ampliable hasta el 30% en los convenios colectivos.
Con estas modificaciones, un trabajador a tiempo parcial
podría hacer una jornada de hasta el 90% de una jornada laboral
ordinaria a tiempo completo en algunas ocasiones (pese a estar
contratado oficialmente para un número de horas parciales). Fuentes del
Ministerio señalan que se reforzará la inspección de trabajo para evitar
el fraude, de forma que las empresas tengan que dejar constancia
diariamente y por escrito de la jornada que lleva a cabo cada
trabajador.
Otro empujón para este tipo de contratación: el contrato
de emprendedores que introdujo la reforma laboral (con un año de prueba y
despido libre) y fuertemente bonificado podrá registrarse ahora también
a tiempo parcial (hasta ahora eran solo a tiempo completo).
En definitiva, un nuevo contrato a tiempo parcial de
carácter supuestamente indefinido tendrá un despido libre de un año y
abre la puerta a la disponibilidad total del trabajador para la
empresa.
El Ejecutivo introduce además cambios que fortalecen el
poder de las mutuas, las organizaciones creadas con las contribuciones
de los empresarios y que de hecho forman parte de la patronal. Como
hasta ahora, las mutuas podrán proponer el alta del trabajador al
sistema público de salud. Pero, con el modelo actual el médico tenía
quince días para responder y, si no lo hacía, se entendía que la
propuesta de alta se rechazaba. Eso cambia: tendrá que contestar en
cinco días y, en caso de silencio, se le dará el alta al trabajador.
Ver un análisis completo de la nueva vuelta de tuerca a la reforma laboral en:
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