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| El presidente
Nicolás Maduro emitió un decreto especial para controlar el alquiler de
los locales comerciales en toda Venezuela. “He decidido sacar un decreto especial de control y regulación de los arrendamientos vinculados al comercio en todo el país”, expresó durante un Consejo de Ministros ampliado realizado en el Palacio de Miraflores y transmitido por la red nacional de radio y TV. Decidió emitir el decreto tras considerar que “es potestad del Ejecutivo nacional la función administrativa, inquilinaria y la protección de las actividades económicas de los particulares y, que es necesario acabar con el arrendamiento especulativo y explotador en procura de las relaciones arrendaticias justas y socialmente responsables”. Asimismo, “es indispensable la intervención inmediata, oportuna y contundente del Ejecutivo nacional en la protección de medianos y pequeños productores, industriales y comerciantes que carecen de la capacidad económica para adquirir inmuebles destinados al comercio”. $40 por metro cuadrado Desde hoy viernes el precio del metro cuadrado de los locales destinados a las actividades comerciales no podrá exceder de 250 bolívares (40 dólares), de acuerdo al Artículo 2 del decreto especial. El precio se aplicará en “los cánones de arrendamientos de inmuebles constituidos por locales o establecimientos en los que se desarrollen actividades comerciales, en edificaciones de viviendas u oficinas, edificaciones con fines turísticos, galpones, oficinas, edificaciones de uso educacional, edificaciones de uso médico asistencial, centros comerciales y en general, cualesquiera clase de locales o establecimientos destinados al funcionamiento o desarrollo de actividades económicas comerciales, productivas o de servicios”. La normativa indica que los contratos de arrendamiento que tengan establecidos cánones superiores a los 250 bolívares “se entenderán automáticamente regulados en el precio indicado en este artículo”. Asimismo, “para aquellos casos en que el canon de arrendamiento mensual este por debajo al equivalente a 250 bolívares por metro cuadrado se mantendrán los cánones acordados en el contrato debidamente celebrado”. El artículo 3 del decreto establece que el monto correspondiente por concepto de condominio “no podrá exceder del 25% del precio del canon de arrendamiento mensual indicado en el artículo segundo" del decreto. La normativa deja sin efecto las cláusulas contractuales que establezcan: Cánones de arrendamientos en moneda extranjera; valoración de activos o valor agregado intangibles como relaciones, reputaciones y otros similares; ajustes periódicos del canon de arrendamiento durante la vigencia del contrato; cánones o pagos de cualquier tipo sobre la base de porcentaje por ventas brutas o netas por la actividad comercial realizada por el arrendatario. Asimismo, acaba con penalidades, regalías o comisión contempladas en el contrato de arrendamiento o documento o reglamento de condominio, así como cualquier otro instrumento que imponga la erogación de pagos distintos al canon de arrendamiento; multas al arrendador por la no apertura del local comercial, por apertura fuera de horario o por el cierre anticipado; y las imposiciones por arreglo de fachadas y vitrinas. Con el decreto especial queda prohibido el arbitraje privado para resolver los conflictos surgidos entre arrendador y arrendatario con motivo de la relación arrendaticia; la resolución unilateral del contrato de arrendamiento; la aplicación de medidas cautelares de secuestro de bienes o inmuebles vinculados con la relación arrendaticia y la admisión de contratos de arrendamientos por parte de empresas extranjeras. El Artículo 6 de la normativa señala que “las controversias surgidas por la aplicación del presente decreto serán dirimidas a solicitud de parte interesada con la intermediación del ministerio con competencia en comercio o la instancia bajo su adscripción que este señale”. Quedan encargados de la ejecución del decreto la Vicepresidencia Ejecutiva, el Ministerio del Despacho de la Presidencia y el Ministerio de Vivienda y Hábitat. El presidente Maduro aclaró que estas medidas son transitorias y espera, en el marco de la Ley Habilitante, dar a conocer la ley que regule los alquileres comerciales antes del próximo 31 de diciembre. |
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Agencia Venezolana de
Noticias (AVN) (Viernes 29/11/2013)
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Los terminos medios son la antesala de la traición"
Ernesto Che Guevara.